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Visa para Actividades Técnicas, Artísticas o Profesionales

Las visas para asistir a congresos y ferias, o realizar actividades profesionales, técnicas, deportivas, artísticas o religiosas pueden tramitarse ante cualquier Representación Consular de la República Argentina. El plazo de permanencia autorizado para este tipo de visa es de hasta treinta (30) días.

Todo extranjero que solicite esta visa deberá ser invitado por una persona física o jurídica inscripta en el RENURE.

La invitación deberá cumplir los requisitos indicados en el sitio web CARTA DE INVITACION PARA EXTRANJEROS.

El trámite es personal.

Los requisitos para solicitar este visado son:

  • Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible, o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC), válidos y vigentes.
  • Una (1) fotografía actual 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco.
  • Formulario de solicitud de visa FSV completo.
  • Carta de invitación confeccionada por invitante debidamente inscripto en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE), en la que se detallen los datos personales del extranjero, la actividad a desarrollar en el territorio y el tiempo de estadía en la República. En el caso de no encontrarse el invitante inscripto en el RENURE, se deberá contactar con requirentes@migraciones.gov.ar a fin de efectivizar el registro.
  • Constancia que acredite la actividad comercial/laboral desarrollada en el país de origen (por ejemplo, constancia de trabajo con membrete de la compañía)
  • Reserva de pasaje de ida y vuelta
  • Reserva hotelera o comprobante de alojamiento en la República Argentina

 

Importante: La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación adicional, según lo estime pertinente.

EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO.

 

Costo

Arancel consular: U$D200 

El arancel consular se abona en ABITAB, REDPAGOS o por transferencia bancaria, con una boleta de pago que se confecciona en el Consulado el día del trámite una vez cotejada la documentación a presentar.

 

Para solicitar turno para la realización de la entrevista consular enviar copia escaneada de su pasaporte y de la documentación solicitada debidamente completada al correo visasmontevideo@mrecic.gov.ar

La entrevista consular no garantiza el otorgamiento del visado. El arancel no es reembolsable.

 

Documentación

Formulario de Solicitud de Visa (ESPAÑOL)

Visa Application Form (ENGLISH)

Carta de invitación

Fecha de Publicación : 15/11/2024