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Visas para Religiosos Culto Católico

 

Las visas para religiosos del culto católico que impliquen la radicación temporaria del extranjero en el país pueden tramitarse únicamente en el Consulado de la República Argentina correspondiente a su domicilio.

El trámite es personal.

Requisitos: 

  • Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible, o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC), válidos y vigentes.
  • Una (1) fotografía actual 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco.
  • Formulario de solicitud de visa FSV completo.
  • Constancia de domicilio en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria).
  • Nota de invitación que contenga los siguientes datos: 

a) Comunidad, congregación o diócesis donde desarrollará tareas; 

b) Tipo de actividad a desarrollar (pastoral, comunitaria, docencia, etcétera); 

c) Dirección física y contactos de la entidad religiosa; 

d) Nombre de superior/provincial o autoridad responsable; 

e) Tiempo de permanencia en la República. 

La nota deberá estar firmada por un representante de la entidad, y deberá ser presentada ante la Dirección General del Registro Nacional de Cultos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que certificará la firma y notificará al Consulado correspondiente para la prosecución del trámite. La Iglesia Católica está exenta del requisito de RENURE.

  • En caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado y traducido al español en caso de corresponder. Este certificado debe ser emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años.
  • En caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul.
  • Entrevista consular

 

Importante: La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación adicional, según lo estime pertinente.

EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO.

Costo

Arancel consular: U$D250 

El arancel consular se abona en ABITAB, REDPAGOS o por transferencia bancaria, con una boleta de pago que se confecciona en el Consulado el día del trámite una vez cotejada la documentación a presentar.

Tasa Migratorio: U$D300

Una vez realizada satisfactoriamente la entrevista consular y la verificación de la documentación y el pago de la visa, deberá abonar la Tasa Migratoria de U$D300 para ciudadanos MERCOSUR y U$S600 para ciudadanos EXTRA-MERCOSUR a través del sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones argentina y presentar los comprobantes de pago de la misma en este consulado. El link de pago se encuentra aquí.

 

Para solicitar turno para la realización de la entrevista consular enviar copia escaneada de su pasaporte y de la documentación solicitada debidamente completada al correo visasmontevideo@mrecic.gov.ar

La entrevista consular no garantiza el otorgamiento del visado. El arancel no es reembolsable.

 

Documentación

Formulario de Solicitud de Visa (ESPAÑOL)

Visa Application Form (ENGLISH)

 

Compromiso de decir la verdad

Declaración Jurada

Carta de invitación

Fecha de Publicación : 15/11/2024