Visa por reunificación familiar
Las visas por reunificación familiar pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero.
Este tipo de visa está disponible para el hijo (sea este menor o mayor de edad) de un ciudadano argentino nativo, naturalizado o por opción que solicite establecerse definitivamente en el país.
El trámite es personal.
Debe realizar la solicitud con una antelación no menor a 45 días.
Consultas: visasmontevideo@mrecic.gov.ar
Requisitos:
- Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible, o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC), válidos y vigentes.
- Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco.
- Formulario de solicitud de visa FSV completo.
- Constancia de domicilio en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria).
- Partida de nacimiento que verifica el vínculo invocado. Si se tratara de un documento extranjero, el mismo debe estar apostillado o legalizado y traducido al español, en caso de corresponder.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) del familiar argentino. En caso de no poseer el original, deberá presentar una copia certificada ante Escribano Público argentino y el Colegio de Escribanos correspondiente.
- Certificado de domicilio del familiar argentino.
- Si el viajero es menor de edad, autorización expresa de ambos padres/tutor legal para tramitar la visa. Dicha autorización puede ser tramitada ante el Consulado.
- En caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado y traducido al español en caso de corresponder. Este certificado debe ser emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años.
- En caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el Cónsul.
- Entrevista consular
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La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación adicional, según lo estime pertinente. EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO. |
Costo:
Arancel consular: U$D250
El arancel consular se abona en el Abitab más cercano, con una boleta de pago que se confecciona en el Consulado el día del trámite una vez cotejada la documentación a presentar.
Tasa migratoria: U$D300
Una vez realizada satisfactoriamente la entrevista consular y la verificación de la documentación y el pago de la visa, deberá abonar la Tasa Migratoria de U$D 300 para ciudadanos MERCOSUR y U$S600 para ciudadanos EXTRA-MERCOSUR a través del sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones argentina y presentar dos comprobantes de pago de la misma en este consulado. El link de pago se encuentra aquí.
El arancel no es reembolsable, incluso si la visa es denegada
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Procedimiento Debes enviar por correo electrónico a visasmontevideo@mrecic.gov.ar:
El Consulado General asigna turnos por correo electrónico de acuerdo a la disponibilidad. La entrevista consular no garantiza el otorgamiento del visado. |
