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Visa por Reunificación Familiar

Las visas por reunificación familiar pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero. 

Este tipo de visa está disponible para el cónyuge, hijo o progenitor de un ciudadano argentino nativo, naturalizado o por opción. Asimismo, podrá obtener dicha visa el extranjero que sea cónyuge, progenitor o hijo menor de 18 años (o mayor con discapacidad) de un extranjero con residencia permanente que desee viajar a la República Argentina a fin de residir en la misma con su familia.

El trámite es personal. Si reside en la jurisdicción del Consulado General en Montevideo, puede solicitar turno aquí. 

Requisitos: 

 

  • Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible, o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC), válidos y vigentes.
  • Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco.
  • Formulario de solicitud de visa FSV completo.
  • Constancia de domicilio en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria).
  • Partida relativa al estado civil de las personas, exigible según el vínculo invocado (partida de nacimiento para hijos y progenitores / partida de matrimonio en caso de cónyuges). Si se tratara de un documento extranjero, el mismo debe estar apostillado o legalizado y traducido al español, en caso de corresponder.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del familiar argentino o residente permanente. En caso de no poseer el original, deberá presentar una copia certificada ante Escribano Público argentino y el Colegio de Escribanos correspondiente.
  • Certificado de domicilio del familiar argentino o residente permanente en la República Argentina.
  • Si el viajero es menor de edad, autorización expresa de ambos padres/tutor legal para tramitar la visa. Dicha autorización puede ser tramitada ante el Consulado.
  • En caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado y traducido al español en caso de corresponder. Este certificado debe ser emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años.
  • En caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el Cónsul.
  • Entrevista consular



 

Importante: La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.

EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO.

Costo

Arancel consular: U$D250 

El arancel consular se abona en ABITAB, REDPAGOS o por transferencia bancaria, con una boleta de pago que se confecciona en el Consulado el día del trámite una vez cotejada la documentación a presentar.

Tasa migratoria: U$D300

Una vez realizada satisfactoriamente la entrevista consular y la verificación de la documentación y el pago de la visa, deberá abonar la Tasa Migratoria de U$D 300 para ciudadanos MERCOSUR y U$S600 para ciudadanos EXTRA-MERCOSUR a través del sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones argentina y presentar dos comprobantes de pago de la misma en este consulado. El link de pago se encuentra aquí. 

Fecha de Publicación : 15/11/2024